lunes, 18 de junio de 2007

REGLAMENTO GENERAL

CAPÍTULO I:
Convocatoria e integración

Art. 1: La Federación de Archiveros de la República Argentina (FARA), integrada por: Asociación de Archiveros de Santa Fe. (A.A.S.Fe.); Asociación de Archiveros de Municipios y Comunas de Santa Fe (A.A.M.y C.); Asociación Civil de Archiveros del Norte Argentino. (A.C.A.N.A.); Asociación de Archiveros de Municipios y Comunas de Córdoba; Asociación Patagónica de Archiveros. (A.P.A.); Asociación Entrerriana de Archiveros (A.E.A.) organizan el 4to. Congreso Argentino de Archivística, evento que se llevará a cabo en la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, República Argentina los días 08, 09 y 10 de Octubre de 2007.

Art. 2: Integran el Congreso:
a) La Comisión Organizadora, constituida por representantes de las Asociaciones Adheridas a la FARA, así como profesionales de las distintas provincias Argentinas.
b) La Comisión Honoraria.
c) Comisión evaluadora de trabajos, constituida por especialistas que designe la Comisión Ejecutiva.
d) Los especialistas nacionales y extranjeros invitados por la Comisión Ejecutiva.
e) Los Miembros Activos.
f) Los miembros Adherentes.
Son Miembros Activos:
a- quienes presenten trabajo y los mismos hayan sido aprobado por la Comisión Evaluadora del Congreso.
b- Quienes se detalla en los incisos a, b, c y d del Art. II.
Son Miembros Adherentes:
• Quienes se inscriban y participen de las sesiones de trabajo, con voz, pero sin voto.

CAPITULO II:
Sesiones


Art. 3: Se consideran sesiones constitutivas del 4to. Congreso Argentino de Archivística y demás Actividades Paralelas:
a) Las Sesiones de Apertura y Clausura.
b) Los plenarios con conferencias a cargo de especialistas en las áreas específicas correspondientes a la temática del evento, invitados por la Comisión Ejecutiva.
c) Los paneles: a cargo de expositores a determinar por el Comité Ejecutivo.
d) La presentación de ponencias: a determinar por el Comité Ejecutivo sobre las base de los trabajos recibidos y aprobados por el Comité Evaluador según las formalidades establecidas por el presente reglamento.
e) Las comisiones y talleres sobre temas específicos. Estos últimos especialmente dirigidos a Archiveros, estudiantes y empleados de Archivos.
f) Los debates.

Art. 4: Está permitido a los Miembros Activos la participación en los debates.


CAPITULO III:
Presentación de trabajos


Art. 5: Los Miembros Activos deberán enviar sus trabajos completos y resúmenes a la Comisión Ejecutiva del evento a la dirección Postal: Pje. Estanislao del Campo 5254- C.P. 3000. SANTA FE. República Argentina, de forma impresa y adjuntando CD correspondiente.

Art. 6: El resumen no superará dos páginas y su presentación tendrá como fecha límite de entrega al 30/08/07. El texto completo se recibirá hasta el día 10/09/07. La Comisión Evaluadora informará la aceptación o no del trabajo antes del 30/09/07, debiendo justificar su decisión, mediante acta labrada, que será notificada a la Comisión Organizadora y Miembros Activos únicamente.

Art. 7: Los trabajos deberán ajustarse estrictamente a los temas a tratar en las diversas comisiones del Congreso, tener originalidad científica y ser inéditos. NO SE ACEPTARAN TRABAJOS QUE YA SE HAYAN PRESENTADOS EN OTROS EVENTOS.

Art. 8: Las ponencias no excederán las veinte (20) páginas, incluyendo anexos, bibliografía, etc. Se entregaran en formato A4, letra Courier New, tamaño 12, con interlineado de 1,5. Se acompañará de:
a) la portada: (en letra mayúscula) que deberá contener toda la información del autor: nombre y apellido, dirección, Tel. mail o fax, título, cargo o función, institución que representa o en la que trabaja.
b) En una siguiente carátula especificar: Titulo del trabajo, tema elegido, sub Tema (si corresponde) especificando si es para ser expuesto en comisión de trabajo o Plenaria.
c) Una versión electrónica de resumen y ponencia (en archivos separados), que podrá enviarse por mail a la dirección:
normastarek@yahoo.com.ar, versión texto de Word 6.0 o 98, con todas las especificaciones detalladas anteriormente.
d) En caso de necesitar algún medio técnico específico para la presentación de los trabajos, deberán informar al Comité
Organizador al momento de envío de los mismos.

Art. 9: Los autores asistirán al Congreso con una copia del trabajo (impresa y en CD).

Art. 10: Se fijan los siguientes tiempos: Ponencias: 10 (diez) minutos; exposiciones: 20 (veinte) minutos; Disertaciones: 40(cuarenta) minutos.

Art. 11: La FARA se reserva el derecho de publicar los trabajos por un período de dos (2) años. Vencido dicho plazo los autores podrán disponer libremente de ellos.

CAPITULO IV:
Selección de ponencias


Art. 12: De los trabajos presentados hasta el 10 de septiembre de 2007 se realizará una selección de ponencias por tema, la que será efectuada por un comité. La selección se hará atendiendo los siguientes criterios:
a) adecuación estricta al tema elegido
b) que refleje actualización académica, doctrinaria normativa y metodológica nacional y extranjera
c) originalidad en sus conclusiones.

CAPITULO V:
Metodología de Trabajo


Art. 13: Cada Comisión contará con una Mesa Directiva integrada por las siguientes autoridades: Presidente, Vicepresidente.
A su vez, la Mesa de cada Comisión estará integrada por: Presidente,
Ponente/s, Secretario.

Art. 14: El Presidente de cada Comisión, conferirá el uso de la palabra y fijará las condiciones que aseguren el mejor tratamiento de los temas y la intervención de los participantes. Deberá garantizar el estricto cumplimiento de los horarios de inicio y cierre de las sesiones.

Art. 15: Las plenarias se constituirán con los paneles, conferencias y ponencias.
Cerrado el Cronograma de actividades, tanto los paneles como las conferencias deberán llevarse a cabo en los tiempos establecidos a sus efectos.
Los paneles tendrán como tiempo total de desarrollo, una hora.
Las conferencias, treinta minutos en su totalidad.
Las ponencias, veinte minutos.

Art. 16: En las Comisiones la labor se llevará a cabo de la siguiente manera:
a) La actividad comenzará con la presentación de los integrantes de la mesa y del tema a cargo del presidente. Inmediatamente harán uso de la palabra el/los ponente/s designado/s, quien/es contarán brevemente de qué versará su ponencia. El presidente podrá disponer se amplíe el tiempo de exposición.
b) Inmediatamente, los autores de los trabajos, dispondrán de hasta veinte minutos para exponer sobre el contenido de su trabajo, a los efectos de explicar los aspectos de su ponencia.- En caso de ponencias conjuntas el derecho de exponer se concederá a uno solo de los autores.
c) Concluidas las exposiciones se inscribirán por Secretaria los miembros titulares que deseen exponer, por el tiempo que le asigne el Presidente, acerca de un tópico que consideren importante y que hubiere sido omitido por quienes le precedieron en el uso de la palabra.
d) Luego, el Presidente abrirá el debate otorgando la palabra, a los Miembros Titulares que se hubieren inscripto ante el Secretario en la lista de oradores que se abrirá al efecto.
e) El Presidente podrá permitir que los Ponentes del tema contesten preguntas que se les formulen, brinden mayores precisiones sobre algún aspecto en particular o para ejercer el derecho a replicar.
f) La Mesa Directiva de la Comisión podrá ampliar o reducir el tiempo asignado a cada intervención según la cantidad de trabajos presentados, la importancia del tema sobre el que versa la ponencia o el interés demostrado por los participantes. Al cerrar la cesión el Presidente podrá hacer una breve conclusión sobre el tema.
g) Los Secretarios deberán registrar en el acta de cada reunión una breve síntesis de las intervenciones más relevantes.

Art. 17: Para las Plenarias se organizan paneles, conferencias y ponencias. Las mismas cuentan con un Presidente, un Secretario, y los expositores que se designen. Esta actividad se cumplirá de la siguiente manera:
a) Los Paneles serán integrados por dos o más disertantes, los cuales tendrán como hilo conductor de sus disertaciones un eje temático en común.
b) Cada panelista dará una explicación general sobre el tema asignado, en un tiempo no mayor de veinte minutos.
c) Presentados los temas por la totalidad de los disertantes, el Presidente de las plenarias otorgará 10 minutos al panel para la realización de reflexiones o conclusiones.
d) En todos los casos, tanto paneles, conferencias o ponencias, el Presidente podrá posibilitar la intervención de los participantes, quienes deberán solicitar la palabra para realizar preguntas o comentarios, identificándose.
e) Las conferencias serán realizadas por expositores de reconocida solvencia académica o profesional en el tema a disertar, siendo el tiempo de exposición otorgado a los mismos 30 minutos.
f) Las ponencias tendrán como tiempo de exposición, veinte minutos.
g) Las conclusiones de Plenarias serán claras y sucintas, pudiendo contener despachos por mayoría y minoría, como así también, cualquier otro aditamento o recomendación que se considere procedente.
h) Las conclusiones, mociones, recomendaciones, proyectos y propuestas, resultantes de las exposiciones y deliberaciones de los Paneles, Conferencias, Ponencias, como así también de las Comisiones y Talleres, serán expuestas ante Plenaria del Congreso para su aprobación.

Capítulo VI:
Talleres: Forma de trabajo


Art. 18: El tratamiento de los temas elegidos para Talleres se realizará procurando la participación activa de los asistentes, conforme con las distintas materias que correspondan.

Art. 19: Los mismos se desarrollarán de acuerdo a la programación que dictamine la Comisión Organizadora y no podrán exceder de las dos horas diarias.

CAPITULO VII:
Conclusiones


Art. 20: Concluido el trabajo, la Mesa Directiva de cada una de ellas se reunirá para redactar un proyecto de conclusiones sobre los temas tratados, de conformidad con las ponencias y debates desarrollados. Las conclusiones deberán ser claras y sucintas, pudiendo contener despachos por mayoría y minoría, como así también, cualquier otro aditamento o recomendación que se considere procedente.

Art. 21: Las conclusiones del Trabajo en Comisiones deberán ser informadas en el plenario de clausura, por uno o más representantes, designados por el Presidente de cada una de ellas.

Art. 22: En el Acto de Clausura serán presentadas las Recomendaciones y Conclusiones del 4to. Congreso Argentino de Archivística y se designará la próxima sede.

Art. 23: La Comisión Organizadora pondrá a disposición de los participantes las conclusiones del Congreso, a través del medio más adecuado. Procurará también la difusión de las conclusiones, en forma completa o resumida, en publicaciones y en el sitio web de la Federación a tal efecto.

CAPITULO VIII:
Certificaciones


Art. 24: La Comisión Organizadora expedirá los certificados correspondientes, conforme a las categorías de participación.

Art. 25: Toda otra situación que eventualmente surja relacionada con la organización y desarrollo del Congreso, que no se encuentre prevista en el presente Reglamento, será resuelta por el Comité Organizador.

Para mayor información dirigirse a:
congresosfara@yahoo.com.ar